Nuestro amigo Cecilio nos envía la siguiente noticia para que la difundamos:LA ASOCIACIÓN DE DESCENDIENTES DEL EXILIO ESPAÑOL. (www.exiliados.org) nos envia esta carta para que la suscriban los que con su contenido estén de acuerdo, así como su envio al Gobierno y al Congreso de los Diputados.
.......................................................................................................................................................
CARTA ABIERTA A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMIGRACIÓN SOBRE LA NACIONALIDAD DE LOS HIJOS DE EXILIADOS.
La Directora General de Ordenación Normativa e Informes de la Dirección General de Emigración ha declarado recientemente a la prensa, refiriéndose a la Disposición adicional aprobada recientemente del Estatuto de la Ciudadanía española en el Exterior que en breve "podrán optar a la nacionalidad española aquellos cuyo padre o madre sea español, con independencia de si ha nacido dentro o fuera del país". Esto abrirá dos vías: la de aquellos que nacieron en España y tuvieron hijos en el extranjero, o bien quienes ya nacieron fuera, pero cuyos progenitores (los abuelos de los actuales beneficiarios de esta reforma) sí son españoles. Esta reforma legislativa ampliará, y mucho, las posibilidades de quienes deseen retornar. A CONTINUACIÓN ACLARÓ: “Eso sí, es importante que esta cadena generacional no se haya roto”.
La última reforma del Código Civil llevada a cabo, durante el Gobierno del Partido Popular, aprobó en su Artículo 20 que “Tienen derecho a optar por la nacionalidad española: Aquellas (personas) cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España”.
Esta disposición ha permitido que los hijos de exiliados españoles naturalizados en los países de acogida pudieran optar a la nacionalidad, pero no resolvió el principio moral y legal de la recuperación o devolución de la nacionalidad de origen, a la que tenemos derecho, como hijos de españoles nacidos en el extranjero, que perdimos por causas extraordinarias o de fuerza mayor como fue la derrota militar, y no moral, del Gobierno legítimo y constitucional de la II República española frente a la rebelión de unos militares, apoyados por Hitler y Mussolini, que se llamaban a si mismos fascistas.
El nuevo Estatuto de la Ciudadanía española en el Exterior mediante la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, al que alude Doña Rosa Isabel Rodríguez, incluye una disposición adicional, la Segunda , que establece que “El Gobierno en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley promoverá una regulación del acceso a la nacionalidad de los descendientes de españoles y españolas que establezca las condiciones para que puedan optar por la nacionalidad española, siempre que su padre o madre haya sido español de origen, con independencia del lugar y de la fecha de nacimiento de cualquiera de ellos.”
Por lo tanto ni el Estatuto citado ni las enmiendas presentadas hasta el momento por los grupos parlamentarios al proyecto de ley sobre Memoria Histórica presentado por el Ejecutivo resuelve nuestra situación ni la de nuestros hijos.
De acuerdo con la ley, no somos españoles de origen, sino por opción, y la “cadena generacional” que menciona la Directora General de Ordenación Normativa “se rompió” en nuestro caso por la acción de unos militares golpistas y la dictadura franquista a las que, por lo visto, sigue dando valor jurídico el Gobierno socialista español. No comprendemos las razones por las que las personas encargadas del tema de nacionalidad del Gobierno socialista no miran o estudian los datos que ofrece la historia del Exilio español, o ¿es que no la quieren asumir como propia?
En la reforma de la Ley mexicana de 1939 que permitió generosamente a los exiliados republicanos adquirir la nacionalidad mexicana y obtener una identidad y protección durante la II Guerra Mundial, se suprimió la renuncia a la nacionalidad de origen, sin duda, a petición de los refugiados españoles -entre los que había numerosos juristas-, ya que el Derecho español, y la - jurisprudencia del Tribunal Supremo de la época determinaban que no se perdía la nacionalidad española por la simple adquisición de otra si no concurría la voluntad expresa de renunciar a la española. Los españoles que solicitaban la nacionalidad mexicana debían firmar una declaración, o protesta de adhesión cumpliendo los requisitos de la Fracción VII del art. 21 de la Ley de Nacionalidad y Naturalización cuyo texto era el siguiente:
“Por el presente hago formal protesta de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades de la República Mexicana ; renuncio expresamente a toda protección extraña a dichas leyes y autoridades y a cualquier derecho que los tratados o la Ley Internacional concedan a los extranjeros, comprometiéndome además, de forma expresa, a no invocar frente al Gobierno de la República (de México) ningún derecho inherente a la nacionalidad Española de origen.
Bajo protesta de decir verdad manifiesto que no tengo ningún título de nobleza a que renunciar, pero suponiendo que sin mi conocimiento tuviere derecho a alguno, desde ahora hago formal renuncia al mismo, sea cual fuere su origen.”
La disposición legal no prohibía mantener la nacionalidad de origen, aunque tampoco establecía el derecho de reciprocidad y, por lo tanto, el republicano español que se naturalizaba no perdía ante la República española su nacionalidad de origen, pero en ningún caso podía invocar frente al Gobierno de México ningún derecho inherente a la nacionalidad de origen.
Nuestros padres no renunciaron a la nacionalidad española y si se naturalizaron mexicanos, franceses, venezolanos, etc. lo hicieron por unas causas extraordinarias o por “fuerza mayor”, principio jurídico de valor universal que debe respetar el legislativo español. Tampoco registraron a sus hijos menores de edad en los consulados franquistas porque esta acción hubiera significado el reconocimiento del régimen dictatorial que con su exilio denunciaban.
Además en los años en los que nacieron sus hijos, las Naciones Unidas habían condenado, mediante dos Resoluciones, el gobierno de Franco y pedido a los Estados signatarios de su carta fundacional que rompieran relaciones diplomáticas con el régimen. Estas son las razones por las que, en nuestro caso se rompió la “cadena generacional” que nos impide recuperar la nacionalidad de origen.
Los deportados españoles en Mauthausen fueron definidos como apátridas por el régimen franquista y por el nazi (triangulo violeta). Francia les ofreció posteriormente la nacionalidad. Todos los años el Congreso de los Diputados les rinde homenaje con motivo del Día del Holocausto. Sin embargo sus descendientes no pueden tampoco recuperar la nacionalidad española de origen y son por tanto, como bajo el franquismo y el nazismo, considerados apátridas de España porque según el gobierno español se rompió la línea generacional. Se trata de una enorme contradicción difícil de justificar para un socialista o un demócrata. Sería un honor para los diputados españoles restituir la nacionalidad española de origen a los descendientes de aquellos luchadores de la Libertad en España y en Europa. Hay circunstancias en las que la indisciplina o el desobedecimiento están justificadas y son justas. Sólo la justicia, la razón y el corazón deben guiar las decisiones de los representantes de la soberanía popular. Si no fuera el caso, parecería indecente seguir rindiendo homenaje a los deportados españoles en el recinto del Congreso de los Diputados.
Pedimos por tanto, y especialmente al Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, que asuma esta parte de su historia en España y en el Exilio e incluya la recuperación de la nacionalidad española de origen en el Proyecto de Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
....................................................................................................................
Os pedimos el reenvío de esta Carta Abierta a Presidencia de Gobierno, al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y al portavoz del Grupo Socialista, diciendo en el título del mensaje:
“Apoyo la Carta abierta sobre nacionalidad de origen de los hijos de exiliados españoles”. Correos electrónicos:
jlrzapatero@presidencia.gob.es,portal.
Presidencia@mpr.es,
gabinete@presidencia.gob.es,
ministro@mtas.es, diego.
lgarrido@diputado.congreso.esASOCIACIÓN DE DESCENDIENTES DEL EXILIO ESPAÑOL. www.exiliados.org Madrid, 4 de febrero 2007