viernes, 15 de abril de 2011

EL TRIBUNAL SUPREMO AVALA LAS INSCRIPCIONES ERRÓNEAS, REALIZADAS EN 1936 POR LOS GOLPISTAS EN RCC

Nota a los medios de comunicación

Asunto: Memoria Histórica / Caso Luis Dorado Luque.


para DIME/CGG
Nota de Prensa Grpo de MH CGT
EL TRIBUNAL SUPREMO AVALA LAS INSCRIPCIONES ERRÓNEAS, REALIZADAS EN
1936 POR LOS GOLPISTAS, EN EL REGISTRO CIVIL DE CORDOBA


El Alto Tribunal deja en completo desamparo y condena al pago de 3000 euros a una jubilada que exigía responsabilidades por la inscripción defectuosa de la muerte de su padre



El Tribunal Supremo acaba de hacer pública una sentencia que, de hecho, supone avalar y dar por buena una inscripción errónea en el Registro Civil. Ese error en la inscripción de fallecimiento de Luis Dorado, diputado malagueño en el Congreso que fue asesinado por los militares sublevados contra la II República, impidió a su viuda cobrar durante 12 años la pensión de viudedad que se estableció al comienzo de la Transición (1979).



La reclamación fue interpuesta por su hija, jubilada en el momento de interponerla, 2007, y hoy ya fallecida. El tribunal, además de no atender la reclamación de compensación económica por los prejuicios causados por la mala práctica del juzgado responsable del Registro Civil de Córdoba, tampoco tuvo consideración a la condición de jubilada de la demandante a la que condenó al pago de las costas de la abogacía del estado. Unas costas que cifró en la cantidad de 3000 euros que ya han sido reclamados por el abogado del Estado a la procuradora de la reclamante.



La Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo no atiende, como ya tampoco había hecho la Audiencia Nacional, a la circunstancia de hallazgo posterior del documento en el Archivo Municipal en 2006, hallazgo realizado sin ningún tipo de colaboración por las Administraciones, entiende que la posibilidad de reclamar prescribió para la familia en 1994 pese a que entonces no disponían de medio alguno para acreditar que existía correspondencia entre el documento que hablaba de varón desconocido y la realidad de las circunstancias de la muerte por ejecución o fusilamiento de Luis Dorado Luque, y no ve indicios en la actuación administrativa o judicial que apunten a que se haya creado indefensión. La sentencia también acusa a la recurrente de intentar burlar las previsiones de la Ley de Memoria Histórica, cuando dicha norma no fue nunca invocada por la representación procesal en su demanda y posterior recurso, que nada tenían que ver con la misma, y porque además la vaciedad de contenido de dicha ley permitió por ejemplo al Ayuntamiento de Córdoba paralizar la apertura de la fosa común y localización de los restos de Luis Dorado. E impone las costas de la instancia, si bien reduciendo las mismas a la cantidad de 3000 euros, aunque la Sala cuenta con la posibilidad legal de reducir aún más éstas o ni tan siquiera imponerlas. La Abogacía del Estado instó la tasación de las costas presentando su minuta sólo dos días después de haber sido notificada la sentencia a las partes, tasación que fue aprobada sólo 5 días después por la Secretaria de la Sala, en un alarde de celeridad insólita en un órgano jurisdiccional tan colapsado de asuntos.



El Sindicato de Enseñanza de la CGT de Málaga que prestó los servicios jurídicos de su abogado, Felipe Navarro Martínez, ante las dificultades económicas que atravesaba la hija del diputado asesinado, Luis Dorado, manifiesta su estupor por una sentencia que resta importancia y quita responsabilidad al encargado del Registro Civil, institución que debe velar por la veracidad de lo inscrito en sus páginas ya que se ?convierte en "verdad oficial" con presunción iuris tantum de exactitud registral?.

Para la familia de Luis Dorado y para nuestro sindicato la inscripción en el Registro Civil del fallecimiento del diputado como ?Varón desconocido, que lleva la documentación de Luis Dorado?, siempre fue considerado como un intento de los responsables del juzgado de Córdoba de sembrar dudas acerca del destino de un destacado diputado del PSOE de la época. No es el único caso de registros irregulares para alimentar rumores sobre deserciones o huidas para desacreditar a destacados militantes republicanos. Sin embargo, hasta el año 2007, la familia sólo tuvo sospechas, sin apoyo documental en el que basar su reclamación, de esta inscripción maliciosa. En ese año, y después de muchos intentos baldíos, la familia tuvo acceso al Libro Necrológico General de Córdoba en el que aparece registrado con su identidad correcta desde el mismo momento de su inhumación, cinco días antes de la inscripción de su fallecimiento en el Registro Civil.



Sólo en ese momento se pudo constatar documentalmente la actuación maliciosa del responsable del registro que produjo daños morales y patrimoniales a la familia del diputado Luis Dorado Luque. La sentencia actual del Supremo, no sólo resta importancia a esa inscripción errónea, que aún hoy en día sigue sin corregirse, sino que además condena a la parte que resultó perjudicada por una mala actuación de un ente de la Administración a pagar 3000 euros al propio estado que le causo el perjuicio. Algo realmente incomprensible para la familia del asesinado y para este sindicato.
El área de la Memoria Histórica de CGT.A viene apoyando desde hace más de dos años la modificación, a fondo, de la ley de Registro Civil (ahora en el Congreso de los Diputados) para que se favorezca la inscripción de miles de desaparecidos/fusilados tras el golpe de Estado del 18 de Julio del 36. De muchos de esos miles de ?desaparecidos? ya se cuenta con suficiente información como para que fueran inscritos (o corregidos sus datos) de oficio por los juzgados correspondientes. Los procesos de inscripción a realizar por la familia puede comportar un gasto de entre 1.500 y 4.000 ? y tardar hasta varios años desde que se solicita, de ahí que se venga solicitando, también, la gratuidad de estas gestiones.

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