domingo, 30 de noviembre de 2008

Comunicado de Prensa

C0MUNICADO DE PREMSA
Victimas de Desapariciones Forzadas en España
El día 27 de Noviembre de 2008 una delegación conjunta formada por distintas
ONG –Amnistía Internacional, la Federación de Asociaciones para la Promoción y
Defensa de los Derechos Humanos en España, la Asociación Española para el
Derecho Internacional de los Derechos Humanos-, asociaciones de familiares de
desaparecidos en representación de Arucas (Islas Canarias), Andalucía, Aragón,
Baleares, Cataluña, Valladolid y F. M. del País Valenciano, miembros de la
Plataforma de Victimas de las Desapariciones Forzadas del Franquismo se han
reunido con el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de
las Naciones Unidas.
La finalidad de la reunión ha sido exponer la situación critica que se esta viviendo
en España entorno a las victimas de desapariciones forzadas de la guerra civil y el
franquismo. La actitud del Grupo de Trabajo ha sido muy positiva y han afirmado
que están siguiendo muy de cerca el caso de las familias españolas. El Presidente
del Grupo de Trabajo, Sr. Corcuera, ha señalado que estudiaran las medidas que se
puedan aplicar al caso español.
Adjuntamos para su información el manifiesto presentado por Amnistía
Internacional y suscrito por las organizaciones antes mencionadas y otros. Y
asimismo os entregamos el manifiesto para su posterior difusión y adhesión
(http://www.es.amnesty.org/paises/espana/victimas-de-la-guerra-civil-y-delfranquismo/
firma-el-manifiesto/)
Para pasar página, primero hay que leerla
Los abajo firmantes, juristas y organizaciones internacionales nos dirigimos a las autoridades y sociedad
españolas, así como a la opinión pública internacional con ocasión de la investigación abierta por la
Audiencia Nacional en relación a hechos delictivos ocurridos durante la Guerra Civil y el Franquismo que
podrían constituir crímenes contra la humanidad.
Mantenemos que:
España tiene el deber de poner fin a la prolongada injusticia de la que han sido objeto las
víctimas de desaparición forzada y otros crímenes y sus familiares, llevando a cabo las
investigaciones necesarias para dar con el paradero de los restos de estas personas, y
esclarecer las circunstancias en que tan graves abusos se produjeron.
Al llevar adelante esta tarea, España debe cumplir con las normas internacionales sobre la
materia que su propio ordenamiento jurídico reconoce, y tal y como su práctica jurisprudencial
refleja – de manera reiterada - al pronunciarse sobre las consecuencias legales de los crímenes
contra la humanidad.
De acuerdo con el Derecho Internacional, los crímenes contra la humanidad no son
susceptibles de amnistía, indulto o prescripción. Las normas convencionales sobre la materia,
adoptadas con posterioridad a los hechos que deben ser objeto de investigación, es sabido, han
simplemente recogido una obligación que ya existía anteriormente como norma
consuetudinaria.
El Estado español no puede sustraerse a la obligación de investigar estos crímenes, y debe
poner fin a la impunidad garantizando a las víctimas y a sus familiares su derecho a la
verdad, la justicia y la reparación integral.
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No es posible que los Tribunales españoles – en base a sus obligaciones bajo el derecho
internacional - hayan asumido su competencia para investigar y perseguir los crímenes más
graves de derecho internacional cometidos en países como Chile y Argentina, en cuyas causas
han sostenido que las leyes de amnistía así como cualquier otra medida análoga carecen de
validez en España, y se abstengan de investigar crímenes similares cometidos en su propio país.
Los que suscriben el presente manifiesto ya observaron, con motivo de la aprobación de la Ley
52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de
quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, que en ella
no quedaban plasmados los estándares internacionales fijados en materia de desapariciones,
exhumaciones y recuperación de cuerpos. No existe antecedente alguno en que un Estado
haya trasladado a las familias de las víctimas las tareas, costos y responsabilidades de
dichas acciones. Además, la propia ley en su Disposición Adicional Segunda, afirma claramente
que: “Las previsiones contenidas en la presente ley son compatibles con el ejercicio de las
acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos
en las leyes o en los tratados y convenios internacionales suscritos por España”.
España está en estos momentos en el punto de mira de la comunidad internacional que espera que
por fin cumpla con las obligación de investigar los hechos de su historia reciente que podrían ser
constitutivos de crímenes contra la humanidad y garantizar, con todos los medios a su alcance, de
la manera más completa posible y sin dilación, los derechos de las víctimas a verdad, justicia y
reparación.
Adhesiones al Manifiesto:
Federico Andreu
Consejero General de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)
Line Bareiro
Ex integrante de la Junta Directiva del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)
Nicolas Boeglin
Miembro del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) y profesor de Derecho Internacional
Público de la Universidad de Costa Rica.
Pilar Coll Torrente
Primera Secretaria General de la Coordinadora Derechos Humanos de Perú
Carlos Iván Degregori
Ex Comisionado de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú
Elvira Domínguez-Redondo
Senior Lecturer in Law, Middlesex University, The Burroughs, Hendon, London
Carmelo Faleh Pérez
Secretario general de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
(AEDIDH), y profesor de Derecho Internacional Público Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Gustavo Gallon
Presidente de la Comisión de Juristas Colombiana
Ronald Gamarra
Secretario General de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú
Soledad García Muñoz
Miembro del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH)
Roberto Garretón
Ex abogado de la Vicaría de la Solidaridad durante la dictadura de Pinochet
José Antonio Martín Pallín
Magistrado Emérito del Tribunal Supremo y miembro de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)
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Julieta Montaño Salvatierra
Presidenta de la Oficina Jurídica para la Mujer (OJM) de Bolivia
Hugo Omar Cañón
Fiscal General, Cámara General de Bahía Blanca de Buenos Aires y Presidente de la Comisión Provincial
por la Memoria
Jorge E. Pan
Miembro del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay
Víctor Manuel Rodríguez Rescia
Vicepresidente del Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas
Fabián Salvioli
Catedrático de Derecho Internacional Público y Director del Instituto de Derechos Humanos de la
Universidad de la Plata, Buenos Aires
Pancho Soberón
Director de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) de Perú
Silke Studzinsky
Senior Legal Advisor, Cambodian Human Rights and Development Association (ADHOC)
Alirio Uribe Muñoz
Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo de Colombia
Hernando Valencia
Ex Secretario Adjunto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Carlos Villán Durán
Presidente de la Asociación Española para el Desarrollo y la Aplicación del Derechos Internacional de los
Derechos Humanos (AEDIDH)
Susana Villarán
Secretaria y Comisionada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
José Zeitune
Consejero Jurídico para Latinoamérica de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ)
Perfecto Alonso Tejero
Abogado Colegio de Barcelona
Björn Arp
Secretario Académico del Master sobre Protección de los Derechos Humanos de la Universidad de Alcalá
Nemesio Barxa Barxa
Abogado
Rafael Calderón Fochs
Abogado Colegio de Barcelona
José Antonio Díaz Díaz
Presidente de la Ong Movimiento por la Paz en Canarias (MPDLC)
Juan Manuel de Faramiñán Gilbert
Catedrático de la Universidad de Jaén
José Luis Galán
Abogado. Colegio de Madrid
Felipe Gómez Isa
Miembro del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad de Deusto
Francisco Jiménez Bautista
Profesor e investigador del Instituto de la Paz y los Conflictos de la Universidad de Granada

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