martes, 21 de septiembre de 2010

Andalucía indemniza a las mujeres vejadas por Franco


La Junta aprobará hoy un decreto pionero que destina 1.800 euros a estas víctimas olvidadas.
Público.es/OLIVIA CARBALLAR Sevilla
Yo no hice nada malo, de verdad". Ni ella, Antonia Moncayo, represaliada por las tropas de Franco, ni el resto de mujeres que los falangistas humillaron, raparon y pasearon por los pueblos a modo de trofeo simplemente por ser mujeres. Muchas, en esas procesiones de la vergüenza, se hacían sus necesidades encima como consecuencia del aceite de ricino que las obligaban a ingerir. Fueron tan víctimas como los fusilados o los encarcelados, pero nadie, ni siquiera la Ley de Memoria Histórica, se ha acordado de ellas. Hasta ahora. La Junta de Andalucía aprobará hoy un decreto con el que se indemnizará con 1.800 euros, por primera vez en España, a estas víctimas olvidadas de la guerra y la posguerra, entre 1936 y 1950.

Rapado y aceite de ricino
El texto, al que ha tenido acceso Público, establece esta ayuda a aquellas mujeres que sufrieron formas de represión distintas a las penas privativas de libertad, mujeres que vieron vulnerados sus derechos a la intimidad, el honor y la propia imagen mediante actos como el rapado o la ingesta de aceite de ricino y la posterior sumisión a vergüenza pública.

El decreto no incluye expresamente a las mujeres que fueron violadas, aunque de las pocas que aún continúan con vida ninguna se atreve a confesar esos hechos por la vergüenza que todavía les produce. Es, además, casi imposible de demostrar. Por eso, el texto no hace alusión a esta otra forma de represión, según fuentes de la Junta.

Ante la dificultad de documentar con pruebas estas barbaridades, la Consejería de Gobernación y Justicia, impulsora del decreto, creará una Comisión de Estudio y Valoración, compuesta por hasta cinco personas, en la que intervendrá al menos un licenciado en Derecho para analizar caso por caso.

"Para evitar que la carencia de una prueba documental de tal naturaleza pueda impedir la consecución de los objetivos de la presente norma, expresamente se habilita la prueba mediante cualesquiera medios admitidos en Derecho, siempre que las formas de represión queden suficientemente acreditadas", recoge el texto, que denuncia con dureza esa otra forma de represión: "Debe ser firmemente denunciada y repudiada, rehabilitando con ello los derechos infringidos con formas de castigo que socialmente denigraban la dignidad de quienes las sufrían, con independencia de que se impusieran al margen, en muchas ocasiones, de procedimientos documentados".

Plazo limitado
El tiempo para acogerse a estas ayudas es limitado. El decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta, concede un plazo de tres meses a partir de entonces. El periodo es relativamente corto si se tiene en cuenta que muchas de estas mujeres aún desconocen que podrán solicitarlas.

El texto, además, va dirigido directamente a ellas, como solicitantes y beneficiarias. Es decir, en el caso de que la víctima hubiera fallecido —la mayoría, de hecho, han muerto—, sus familiares no podrán pedir la indemnización ni, por tanto, cobrarla, como sí ocurre con las previstas para penas de cárcel.

No obstante, lo importante del decreto, según las asociaciones de memoria histórica, no es el dinero sino su reconocimiento oficial como víctimas del franquismo. Es muy probable que muy pocas soliciten la ayuda

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